° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL CAPITULO 43 Del artículo 445. Para das cumplimiento al artículo 6° de la Ley 12 de 1936, cuando las necesidades sociales lo exijan $ 160.000.00 CAPITULO 50 Del artículo 669. Para raciones de enfermos de lepra asilados en los Lazaretos y en otros lugares dentro y fuera de la República 10.660.44 Suman los contracréditos $ 170.660.44 CAPITULO 43 Al artículo 444. Para sueldos del personal del Departamento Nacional del Trabajo, del personal que demande la Jurisdicción Especial del Trabajo, y sus dependencias, en el año $ 138.660.44 CAPITULO 51 Al artículo 681. Para el pago de deudas de toda clase, correspondientes a vigencias expiradas 32.000.00 Suman los créditos $ 170.660.44
Decreto 1163 de 1946 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Trabajo, Higiene Y Prevision Social Capitulo 43 Del Artículo 445
Decreto 1163 de 1946 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.