El Gobierno nacional y las entidades territoriales, promoverán y fortalecerán los procesos organizativos y la asociatividad de las juventudes rurales, dirigiendo su oferta institucional y garantizando su participación en proyectos productivos, comunitarios, sociales, ambientales y/o culturales. Con este fin, podrán brindar apoyo técnico, financiero e insumos a las unidades productivas colectivas y comunitarias donde participen juventudes rurales, procurando impulsar los procesos organizativos que faciliten la coordinación y participación de los distintos actores que hacen parte de las cadenas productivas, fomentando las Asociaciones de Iniciativas Público-Populares y el fortalecimiento de los comités juveniles en las Juntas de Acción Comunal.
Ley 2539 de 2025 →Vigente
Artículo 10
Asociatividad De Las Juventudes Rurales
Ley 2539 de 2025 · por medio de la cual se incluye a las Juventudes Rurales en el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural, se garantiza su acceso a la tierra, a proyectos productivos, a formación académica y técnica, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.