Son funciones de la Sección de Personal: a). Las relacionadas con la administración del personal, su selección, adiestramiento, sistemas de promoción, métodos de clasificación, registro y bienestar; b). Elaborar y adelantar proyectos de reclutamiento con miras a satisfacer las necesidades del personal; c) Realizar estudios sobre volúmenes de trabajo y número de cargos requeridos en cada dependencia y proponer la redistribución del personal y los métodos, de trabajo más adecuados; d). Organizar de acuerdo con la Escuela Superior de Administración Pública y con el Departamento Administrativo del Servicio Civil programas de adiestramiento del personal; e). Desarrollar los sistemas de calificación de los empleados, según las normas legales y las disposiciones generales del Servicio Civil, con el objeto de que las promociones se hagan de acuerdo al mérito; f). Elaborar los proyectos de resoluciones relacionadas con el personal; g) Llevar los registros del movimiento de personal y expedirlas certificaciones relacionadas con el mismo; h). Autorizar los actos que señalen las disposiciones, legales o reglamentarias, e i). Las demás que le asigne el Jefe de la División Administrativa. Sección de Servicios Generales.
Decreto 125 de 1976 →Vigente
Artículo 13
Decreto 125 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Bancaria, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.