Art. 40.º Para los casos de señalamiento de pensión á causa del tiempo servido en la carrera de las armas, se hará la concesión de ella en vista de la respectiva hoja de servicios, y solamente en este caso se exigirá, para poder obtener la asignación del sueldo del ultimo empleo que tenga el solicitante, el haber servido en él por lo menos tres años; en los demás casos se otorgará siempre la recompensa, ciñéndose al ultimo empleo en que el reclamante haya servido.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.