°. Modifíquese al artículo 51 del Decreto número 2972 de 2013, el cual quedará así: “ Artículo 51. Plazos para presentar información. El plazo para presentar la información a que se refieren los artículos 624 y 625 del Estatuto Tributario, correspondientes al año gravable 2013, será hasta el 23 de mayo de 2014. El plazo para presentar a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, para efecto de control tributario, la información de los Grupos Económicos y/o Empresariales, inscritos en el Registro Mercantil de las Cámaras de Comercio vence el 30 de junio de 2014. La información de que trata el presente artículo debe ser entregada, de acuerdo con las condiciones y características técnicas establecidas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)”.
Decreto 214 de 2014 →Vigente
Artículo 6
Modifíquese Al Artículo 51 Del Decreto Número 2972 De 2013, El Cual Quedará Así: “ Artículo 51
Decreto 214 de 2014 · por el cual se modifica el Decreto número 2972 de 2013.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.