°. El empleo general que se da a los Oficiales de Justicia Militar, según su grado, es el siguiente: a). Oficiales Superiores: Auditor General de Guerra Jefe del Departamento Jurídico, Asesor Jurídico del Estado Mayor General de la Dirección de Servicios de la Dirección General y la Dirección General de Aviación; Jefe de Sección de la Judicatura Militar; comisiones especiales que les señale el Gobierno, dentro o fuera del país y Auditor de la Unidad Superior a la Brigada; b). Capitán de Justicia Militar: Auditor de Guerra de Brigada Adjunto en el Estado Mayor General o Dirección General de Servicios; Asesor Jurídico en los Comandos de Zona; comisiones especiales que le señale el Gobierno; dentro o fuera del país; adjunto al Departamento Jurídico y a la Auditoria General de Guerra.
Los Oficiales de Justicia Militar procedente de la clase de combatientes, pueden ser destinados como Comandantes de Zona y Distrito Militar, según sus grados.