Micelio

Artículo 8

º (Transitorio)

Decreto 2405 de 1989 · Por el cual se reglamenta la Ordenación del Gasto n la Rama jurisdiccional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º (Transitorio). La Rama Jurisdiccional sólo asumirá la ordenación del gasto a partir de la fecha en que se expidan por el Gobierno Nacional las normas de que trata el literal b) del artículo 92 de la Ley 38 de 1989.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2405 de 1989