Micelio

Artículo 1

Desde El Día 1° De Marzo Del Presente Año, El Ministro De Guerra Tendrá Una Asignación Mensual De $ 720

Decreto 450 de 1931 · Por el cual se rebajan las asignaciones de algunos empleados dependientes del Ministerio de Guerra, y se suprimen unos puestos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde el día 1° de marzo del presente año, el Ministro de Guerra tendrá una asignación mensual de $ 720.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 450 de 1931