Se entiende por Trabajador todo individuo que presta a otro u otros sus servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros en virtud de un contrato de trabajo. Para los distintos fines que indica este reglamento, la definición que precede se amplía en el siguiente concepto: Trabajadores a domicilio: Son los que elaboran artículos en su hogar u otro sitio elegido libremente por ellos, sin la vigilancia o la dirección inmediata de su patrono o del representante de éste.
Decreto 2623 de 1950 →Vigente
Artículo 56
Se Entiende Por Trabajador Todo Individuo Que Presta A Otro U Otros Sus Servicios Materiales, Intelectuales O De Ambos Géneros En Virtud De Un Contrato De Trabajo
Decreto 2623 de 1950 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Riesgos Profesionales (accidentes del trabajo y enfermedades profesionales).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.