Micelio

Artículo 2

Ley 88 de 1960 · Por la cual se crea una Escuela Hogar en el Departamento de Bolívar, bajo la dependencia del Ministerio de Educación Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destinase la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00) para la adquisición del terreno y la construcción de los locales donde ha de funcionar la Escuela-Hogar para Señoritas de que trata el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 88 de 1960