º . De la reserva para la estabilización. Del patrimonio del Fondo de Estabilización para el Fomento de la Exportación de Carne, Leche y sus Derivados, se constituirá una cuenta denominada "Reserva para la Estabilización". Esta reserva se formará con los recursos que ingresen al Fondo, en el porcentaje que determine el Comité Directivo. Cuando al final de un ejercicio presupuestal se presente superávit en dicha cuenta, éste se deberá aplicar en primer lugar, a cancelar el déficit de ejercicios anteriores y, en segundo término, a constituir o incrementar los recursos de la misma cuenta con el propósito de garantizar su destinación exclusiva al fomento de la exportación de carne, leche y sus derivados.
Decreto 1187 de 1999 →Vigente
Artículo 9
Decreto 1187 de 1999 · por el cual se organiza el Fondo de Estabilización para el fomento de la exportación de carne, leche y sus derivados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.