Micelio

Artículo 3

º

Decreto 242 de 1997 · por el cual se reglamenta el artículo 3º del decreto 165 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El procedimiento señalado en los artículos anteriores deberá adelantarse cuando se considere necesaria la prórroga o incremento al valor de los contratos cuya celebración requiera el concepto previo de la Consejería Presidencial para las comunicaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 242 de 1997