El 20 de Julio de 1910, primer centenario de la memorable fecha inicial de la Independencia nacional, será celebrado con la correspondiente solemnidad.
Ley 39 de 1907 →Vigente
Artículo 1
Ley 39 de 1907 · por la cual se ordena la solemne celebración del centenario de la Independencia Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.