Micelio

Artículo 23

Ley 110 de 1914 · Sobre protección de la propiedad industrial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La marca sólo podrá ser traspasada con la industria a que pertenece el artículo para el cual se destina, y la venta de la industria comprenderá necesariamente el traspaso de la marca, salvo estipulación en contrario. Todo traspaso de una marca deberá anotarse en el libro de registro, y si no se hiciere la anotación, no tendrá valor alguno el traspaso de la marca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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