Micelio

Artículo 3

Decreto 418 de 2000 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 546 de 1999, en lo relacionado con el Consejo Superior de Vivienda.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Secretaría Técnica del Consejo Superior de Vivienda. El Consejo Superior de Vivienda, contará con una Secretaría Técnica permanente la cual será ejercida por la Dirección General de Vivienda del Ministerio de Desarrollo Económico, o la dependenci a que haga sus veces, y tendrá las siguientes funciones

1.

Calcular y divulgar el valor diario de la Unidad de Valor Real (UVR).

2.

Prestar apoyo operativo al Consejo, en los asuntos relacionados con su participación en el mismo.

3.

Levantar las actas de las reuniones del Consejo y ejercer la guarda de las mismas.

4.

Preparar los temas a tratar en cada reunión del Consejo.

5.

Informar con la debida antelación a los miembros del Consejo, sobre las convocatorias a las reuniones realizadas por la Presidencia del Consejo.

6.

Informar mensualmente a los miembros del Consejo, sobre la variación de la Unidad de Valor Real (UVR), durante el mes inmediatamente anterior.

7.

Las demás establecidas en la ley o el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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