La petición de Hábeas Corpus deberá contener:
El nombre de la persona en cuyo favor se instaura la acción.
Las razones por las cuales se considera que la privación de su libertad es ilegal o arbitraria.
La fecha de reclusión y el lugar donde se encuentra la persona privada de la libertad.
Si se conoce el nombre y cargo del funcionario que ha ordenado la privación de la libertad de la persona o personas en cuyo favor se actúa.
El nombre, documento de identidad y lugar de residencia del solicitante.
La afirmación, bajo la gravedad del juramento; que se considerará prestado por la presentación de la petición, de que ningún otro juez ha asumido el conocimiento de la solicitud de Hábeas Corpus o decidido sobre la misma.
La ausencia de uno de estos requisitos no impedirá que se adelante el trámite del Hábeas Corpus, si la información que se suministra es suficiente para ello.
La acción podrá ser ejercida sin ninguna formalidad o autenticación. Podrá ser entablada verbalmente. No será necesario actuar por medio de apoderado.