Mientras las Asambleas Departamentales, los concejos Municipales y Distrital expiden los Códigos Fiscales o Estatutos Presupuestales para sus respectivas entidades territoriales de conformidad con lo exigido en el artículo 94 de la Ley 38 de 1989 , las entidades territoriales del nivel departamental, continuarán elaborando, presentando y ejecutando sus presupuestos como lo venían haciendo antes del 21 de abril de 1989.
Ley 64 de 1989 →Vigente
Artículo 66
Ley 64 de 1989 · Sobre el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 1990
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.