ARTICULO 50. Centro de Estudios Superiores de Policía. Son funciones del Centro de Estudios Superiores de Policía
Especializar al personal en funciones de dirección, administración y comando a través de los cursos de Estudios Superiores de Policía y de Academia Superior.
Desarrollar cursos de actualización y especialización en áreas de interés institucional.
Realizar y liderar investigaciones y estudios orientados a promover el desarrollo institucional en todas sus áreas.
Promover profesionalmente a los miembros de la institución que se destaquen en actividades académicas o de investigación, a través de publicaciones o eventos en los cuales puedan representar a la Policía Nacional.
Establecer convenios e intercambios con instituciones o entidades educativas públicas o privadas de nivel superior.
Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.