Micelio

Artículo 36

Ley 1193 de 2008 · por la cual se modifica parcialmente la Ley 841 del 7 de octubre de 2003 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contra las decisiones disciplinarias y las sanciones impartidas por los Tribunales Seccionales Bioéticos y Deontológicos de Bacteriología procederán los Recursos de Reposición ante el Tribunal que las dictó y el de Apelación ante el Tribunal Nacional Bioético y Deontológico de Bacteriología, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

En lo no previsto en la presente ley, se aplicarán las normas pertinentes del Código de Procedimiento Penal vigentes.

Los Autos de Sustanciación y la Resolución de Cargos no admiten Recurso alguno.

Si como consecuencia de la Apelación de la Resolución de Preclusión el Tribunal Nacional Bioético y Deontológico de Bacteriología la revoca y decide formular cargos, los Magistrados intervinientes quedaránimpedidos para conocer la Apelación del Fallo de Primera Instancia. Para estos casos se designará Conjueces quienes expedirán la sentencia de Segunda Instancia para el efecto, de acuerdo al procedimiento establecido en la legislación vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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