Artículo único. Modificase el artículo 1° del Decreto número 170 del 27 de enero de 1966, por el cual fueron comisionados los señores José Agustín Rocha Núñez, Jaime Hernando Arroyo Montañez, Alfredo Manuel Castillo Villarreal y Pedro Vicente Gamboa Sierra, funcionarios del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, para adelantar un curso de adiestramiento sobre Control de Tráfico Aéreo, por el término de seis (6) meses en el Centro Internacional de Adiestramiento de Aviación Civil (Ciaac) de la ciudad de México, en el sentido de que la fecha de iniciación del referido curso es el 1° de junio del año en curso, y no el 10 de marzo como en el mencionado Decreto se dispuso. Comuníquese y publíquese.
Artículo 1
Del Decreto Número 170 Del 27 De Enero De 1966, Por El Cual Fueron Comisionados Los Señores José Agustín Rocha Núñez, Jaime Hernando Arroyo Montañez, Alfredo Manuel Castillo Villarreal Y Pedro Vicente Gamboa Sierra, Funcionarios Del Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil, Para Adelantar Un Curso De Adiestramiento Sobre Control De Tráfico Aéreo, Por El Término De Seis (6) Meses En El Centro Internacional De Adiestramiento De Aviación Civil (Ciaac) De La Ciudad De México, En El Sentido De Que La Fecha De Iniciación Del Referido Curso Es El 1° De Junio Del Año En Curso, Y No El 10 De Marzo Como En El Mencionado Decreto Se Dispuso
Decreto 1043 de 1966 · Por el cual se modifica el artículo 1º del Decreto número 170 de enero 27 de 1966
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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