Micelio

Artículo 8

Ley 26 de 1883 · Adicional y reformatoria de la 61 de 1882, sobre Aduanas, y que fomenta la apertura de un camino de Popayán al Pacífico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 8°. Si el producto de los impuestos que se establecen por el artículo 4.° no alcanzare para llenar los compromisos que contraiga el Poder Ejecutivo en la construcción de la vía, podrá éste aplicar cualquiera otra renta de la Nación que se halle libre y estime conveniente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 26 de 1883