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Artículo 2.4.3.2.1.1

Artículo 2.4.3.2.1.1 . Incorporación De La Prevención Temprana En Los Consejos De Seg

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Incorporación de la Prevención Temprana en los Consejos de Seguridad Territoriales . Las gobernaciones y alcaldías, en el marco de sus competencias, con el apoyo del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa y del Ministerio Público, diseñarán e implementarán acciones tendientes a fortalecer la prevención temprana en el funcionamiento estratégico de los Consejos de Seguridad Territoriales, con el fin de contrarrestar de manera anticipada los riesgos y amenazas de violaciones a los derechos objeto de esta política. Estas acciones deberán incorporarse en los planes específicos de seguridad, según lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 10 del Decreto 2615 de 1991.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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