Micelio

Artículo 1

Decreto 1592 de 1974 · por el cual se deroga el Decreto número 603 de 1966 y se fija el Plan de Estudios para los Institutos Técnicos Agrícolas __ “ITA”__.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . En los Institutos Técnicos Agrícolas “ITA”, se cursará Educación Media Diversificada y Educación Tecnológica en un lapso de siete años lectivos (14 semestres), distribuidos en tres ciclos: Ciclo básico, ciclo vocacional y ciclo de formación tecnológica. El ciclo básico. De cuatro años de duración , comprenderá dos etapas en las cuales los estudiantes recibirán la misma formación académica fundamental y además, realizarán actividades de exploración e iniciación vocacional. Etapa de exploración vocacional. En los cursos primero y segundo (semestres 01, 02, 03 y 04). Etapa de iniciación vocacional. En los cursos tercero y cuarto (semestres 05, 06, 07 y 08). El ciclo vocacional. En los cursos tercero y cuarto (semestres 09, 10, 11 y 12), en los cuales los estudiantes recibirán la misma formación académica y, además, la educación vocacional, de acuerdo a las modalidades de Agropecuaria y Promoción Social, que adelante se señalan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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