Micelio

Artículo 10

Decreto 2813 de 1968 · por el cual se reorganiza la Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Jefe de la Casa Militar

a)

Responder por la seguridad del Presidente de la República y de su familia;

b)

Someter a la consideración del Presidente de la República los proyectos de decretos y resoluciones procedentes del Ministerio de Defensa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º del presente Decreto,

c)

Tramitar, de acuerdo con la Secretaría Privada, las audiencias solicitadas y los asuntos presentados por las miembros de las Fuerzas Armadas;

d)

Dirigir, en coordinación con la Secretaría General y la Secretaría Privada el protocolo de la Presidencia de la República;

e)

Cumplir las comisiones que le encargue el Presidente, y

f)

Las demás que determina su reglamento interno.

Parágrafo

El Jefe de la Casa Militar será el superior directo de las guardias militares que se monten en las residencias permanentes u ocasionales del Presidente de la República, en cualquier parte del territorio nacional l

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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