º . Modifícase el numeral 8.2. del artículo 8º del Decreto 4984 de 2007, el cual quedará así: 8.2. Forma de pago del subsidio para el proyecto productivo : El componente del subsidio integral para la compra de tierras destinado a financiar parcialmente los costos de establecimiento del proyecto productivo correspondiente, se desembolsará a una cuenta bancaria a nombre del beneficiario del respectivo subsidio. En todo caso, la disposición de estos recursos estará sujeta a la autorización de la entidad otorgante, de acuerdo con lo dispuesto en el reglamento que para el efecto expida el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - Incoder.
Decreto 2055 de 2008 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2055 de 2008 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 4984 de 2007, en lo relacionado con la forma de pago del subsidio para el proyecto productivo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.