Créase la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río, con personería jurídica autónoma como institución semioficial, quedando facultado el Gobierno para transformarla en empresa oficial, si no concurriere a su financiación el capital privado nacional o extranjero.
Si la Empresa se constituye como instituto semioficial, las importaciones que realice de maquinarias, equipos y demás implementos necesarios para el funcionamiento de la empresa, estarán exentas de todos los gravámenes aduaneros.