Micelio

Artículo 1

Decreto 113 De 1955 Aplaza Artículo 2 Decreto 113 De 1955

Decreto 909 de 1955 · Por el cual se aplaza la vigencia de algunas normas del Decreto número 0113 de 1955

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Aplázase la vigencia de los artículos 1° y 2° del Decreto número 0113 de 1955.

Parágrafo

El Gobierno queda facultado para señalar la fecha en que deba comenzar labores cada una de las oficinas judiciales previstas en el mencionado Decreto, a medida que se hayan conseguido los locales respectivos y esté lista la dotación pertinente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 909 de 1955