Micelio

Artículo 1

Modificar El Artículo 2

Decreto 1760 de 2019 · por medio del cual se modifican y adicionan las disposiciones relacionadas con la administración de los bienes del Frisco de las que trata el Título 5 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificar el artículo 2.5.5.1.2. del Capítulo 1 del Título 5 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así: Artículo 2.5.5.1.2. Definiciones . Los términos no definidos en el presente título y utilizados frecuentemente, deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio. Para efecto del presente título, los términos aquí utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos con el significado que a continuación se indica

1.

Activos Sociales . Son todos aquellos bienes de propiedad de una persona jurídica que se encuentran bajo la administración del Frisco.

2.

Administrador del Frisco . Es la Sociedad de Especiales S.A.S. (SAE).

3.

Bienes del Frisco . Son aquellos bienes sobre los cuales se ha declarado extinción de dominio mediante sentencia en firme. También se entenderán como bienes del Frisco aquellos sobre los cuales se hayan adoptado o se adopten medidas caute­lares dentro del proceso de extinción de dominio, así como, los dineros producto de la enajenación temprana y de los recursos que generen los bienes productivos en procesos de extinción de dominio, al igual que los bienes en comiso entrega­dos y administrados antes de la entrada en vigencia de la Ley 1615 de 2013. Para los fines de este título se hará referencia de los bienes descritos como bienes del Frisco.

4.

Bienes Improductivos . Para los fines de este título, son aquellos que no generan recursos suficientes para su propio mantenimiento y sostenimiento, o que por su condición o estado no tienen vocación de generar recursos suficientes para su mantenimiento y/o sostenimiento.

5.

Bienes Productivos . Son aquellos que generan recursos suficientes para el pago y cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la administración del mis­mo bien.

6.

Metodología de Administración . Conjunto de procedimientos internos propios desarrollados por el Administrador del Frisco para la administración de los Bie­nes del Frisco.

7.

Venta Masiva . Procedimiento de enajenación por medio del cual se pretende rea­lizar la venta de un número plural o conjunto de bienes con el fin de adjudicarlos en bloque.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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