Micelio

Artículo 2

Los Gastos Que Demande La Participación De Las Personas A Que Se Refiere El Artículo Anterior En Las Reuniones De La Comisión De Coordinación Serán Con Cargo A Los Presupuestos De Sus Respectivas Entidades

Decreto 270 de 1986 · por el cual se integra una comisión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los gastos que demande la participación de las personas a que se refiere el artículo anterior en las reuniones de la Comisión de Coordinación serán con cargo a los presupuestos de sus respectivas entidades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 270 de 1986