° Domicilio. El Fondo tendrá como domicilio legal la ciudad de Santafé de Bogotá, D. C., y podrá establecer seccionales en las distintas ciudades del país, para el desarrollo de sus planes, programas y proyectos. CAPITULO II. Dirección y administración.
Decreto 356 de 1992 →Vigente
Artículo 4
Domicilio
Decreto 356 de 1992 · por el cual se reglamentan los Decretos 1683 y 1754 de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.