º. La referida liquidación se hará con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto número 2166 de 1930, y los Administradores de Hacienda Nacional serán responsables de cualquier error que pueda menoscabar la participación de la Nación en el impuesto sobre consumo de cervezas.
Decreto 2033 de 1931 →Vigente
Artículo 3
La Referida Liquidación Se Hará Con Arreglo A Lo Dispuesto En El Artículo 4º Del Decreto Número 2166 De 1930, Y Los Administradores De Hacienda Nacional Serán Responsables De Cualquier Error Que Pueda Menoscabar La Participación De La Nación En El Impuesto Sobre Consumo De Cervezas
Decreto 2033 de 1931 · Por el cual se adiciona el artículo 2o del Decreto número 2166 de 1930, reglamentario de la Ley 78 del mismo año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.