Micelio

Artículo 17

Son Funciones De La División Administrativa: A) Responder Ante El Director, De Todos Los Aspectos Administrativos Del Ministerio; B) Elaborar Conjuntamente Con Los Jefes De Las Secciones De Personal, Presupuesto Y Servicios Generales, Los Programas De Trabajo Correspondientes: C) Asesorar En Asuntos Administrativos Al Ministro Y Al Director Del Ministerio; D) Revisar El Anteproyecto De Presupuesto Con La Asistencia De Los Jefes De Las Divisiones Del Ministerio; E) Dirigir Y Coordinar El Trabajo De Las Secciones; F) Asesorar Al Director Y Colaborar Con La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación, En La Preparación Del Proyecto De Presupuesto Del Ministerio; G) Coordinar Con Las Entidades Oficiales Pertinentes, Lo Relacionado Con El Cumplimiento De Las Normas Fiscales Y Las Normas Sobre Presupuestos, Desembolsos, Suministros Y Personal; H) Elaborar Los Reglamentos Administrativos Del Ministerio Y Velar Por El Cumplimiento De Sus Funciones; I) Coordinar Sus Funciones Con Los Jefes De Las Divisiones Técnicas Y Operativa, Y Colaborar Con Ellos; J) Presidir Las Reuniones De La Junta De Compras Y Concursos Del Ministerio; K) Autorizar La Impresión De Trabajos Tipográficos Qué Requieran Las Oficinas Del Ministerio; L) Mantener Informadas A Las Divisiones Técnicas Sobre Las Circunstancias Y Posibilidades Administrativas, Para El Desarrollo De Programas; M) Recibir Y Evaluar Los Informes Periódicos De Sus Subalternos, Y Presentar Informes Al Director Del Ministerio

Decreto 3117 de 1963 · <Por el cual se organiza el Ministerio de agricultura>

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División Administrativa

a)

Responder ante el Director, de todos los aspectos administrativos del Ministerio;

b)

Elaborar conjuntamente con los Jefes de las Secciones de Personal, Presupuesto y Servicios Generales, los programas de trabajo correspondientes:

c)

Asesorar en asuntos administrativos al Ministro y al Director del Ministerio;

d)

Revisar el anteproyecto de presupuesto con la asistencia de los Jefes de las Divisiones del Ministerio;

e)

Dirigir y coordinar el trabajo de las Secciones;

f)

Asesorar al Director y colaborar con la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación, en la preparación del proyecto de presupuesto del Ministerio;

g)

Coordinar con las entidades oficiales pertinentes, lo relacionado con el cumplimiento de las normas fiscales y las normas sobre presupuestos, desembolsos, suministros y personal;

h)

Elaborar los reglamentos administrativos del Ministerio y velar por el cumplimiento de sus funciones;

i)

Coordinar sus funciones con los Jefes de las Divisiones Técnicas y Operativa, y colaborar con ellos;

j)

Presidir las reuniones de la Junta de Compras y Concursos del Ministerio;

k)

Autorizar la impresión de trabajos tipográficos qué requieran las oficinas del Ministerio;

l)

Mantener informadas a las Divisiones Técnicas sobre las circunstancias y posibilidades administrativas, para el desarrollo de programas;

m)

Recibir y evaluar los informes periódicos de sus subalternos, y presentar informes al Director del Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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