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Artículo 17

Son Funciones De La División Administrativa: A) Responder Ante El Director, De Todos Los Aspectos Administrativos Del Ministerio; B) Elaborar Conjuntamente Con Los Jefes De Las Secciones De Personal, Presupuesto Y Servicios Generales, Los Programas De Trabajo Correspondientes: C) Asesorar En Asuntos Administrativos Al Ministro Y Al Director Del Ministerio; D) Revisar El Anteproyecto De Presupuesto Con La Asistencia De Los Jefes De Las Divisiones Del Ministerio; E) Dirigir Y Coordinar El Trabajo De Las Secciones; F) Asesorar Al Director Y Colaborar Con La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación, En La Preparación Del Proyecto De Presupuesto Del Ministerio; G) Coordinar Con Las Entidades Oficiales Pertinentes, Lo Relacionado Con El Cumplimiento De Las Normas Fiscales Y Las Normas Sobre Presupuestos, Desembolsos, Suministros Y Personal; H) Elaborar Los Reglamentos Administrativos Del Ministerio Y Velar Por El Cumplimiento De Sus Funciones; I) Coordinar Sus Funciones Con Los Jefes De Las Divisiones Técnicas Y Operativa, Y Colaborar Con Ellos; J) Presidir Las Reuniones De La Junta De Compras Y Concursos Del Ministerio; K) Autorizar La Impresión De Trabajos Tipográficos Qué Requieran Las Oficinas Del Ministerio; L) Mantener Informadas A Las Divisiones Técnicas Sobre Las Circunstancias Y Posibilidades Administrativas, Para El Desarrollo De Programas; M) Recibir Y Evaluar Los Informes Periódicos De Sus Subalternos, Y Presentar Informes Al Director Del Ministerio

Decreto 3117 de 1963 · <Por el cual se organiza el Ministerio de agricultura>

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División Administrativa

a)

Responder ante el Director, de todos los aspectos administrativos del Ministerio;

b)

Elaborar conjuntamente con los Jefes de las Secciones de Personal, Presupuesto y Servicios Generales, los programas de trabajo correspondientes:

c)

Asesorar en asuntos administrativos al Ministro y al Director del Ministerio;

d)

Revisar el anteproyecto de presupuesto con la asistencia de los Jefes de las Divisiones del Ministerio;

e)

Dirigir y coordinar el trabajo de las Secciones;

f)

Asesorar al Director y colaborar con la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación, en la preparación del proyecto de presupuesto del Ministerio;

g)

Coordinar con las entidades oficiales pertinentes, lo relacionado con el cumplimiento de las normas fiscales y las normas sobre presupuestos, desembolsos, suministros y personal;

h)

Elaborar los reglamentos administrativos del Ministerio y velar por el cumplimiento de sus funciones;

i)

Coordinar sus funciones con los Jefes de las Divisiones Técnicas y Operativa, y colaborar con ellos;

j)

Presidir las reuniones de la Junta de Compras y Concursos del Ministerio;

k)

Autorizar la impresión de trabajos tipográficos qué requieran las oficinas del Ministerio;

l)

Mantener informadas a las Divisiones Técnicas sobre las circunstancias y posibilidades administrativas, para el desarrollo de programas;

m)

Recibir y evaluar los informes periódicos de sus subalternos, y presentar informes al Director del Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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