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Artículo 17

De Conformidad Con Los Artículos 68 Y 79 Del Código Contencioso Administrativo Y 112 De La Ley 6º De 1992, El Ministerio De Minas Y Energía Tiene Jurisdicción Para Hacer Efectivas Las Cuotas Vencidas Y No Pagadas Al Fondo Rotatorio Del Ministerio De Minas Y Energía

Decreto 2636 de 1994 · por el cual se reglamenta el artículo 58 de la Ley 141 de 1994

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con los artículos 68 y 79 del Código Contencioso Administrativo y 112 de la Ley 6º de 1992, el Ministerio de Minas y Energía tiene jurisdicción para hacer efectivas las cuotas vencidas y no pagadas al Fondo Rotatorio del Ministerio de Minas y Energía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2636 de 1994