De conformidad con los artículos 68 y 79 del Código Contencioso Administrativo y 112 de la Ley 6º de 1992, el Ministerio de Minas y Energía tiene jurisdicción para hacer efectivas las cuotas vencidas y no pagadas al Fondo Rotatorio del Ministerio de Minas y Energía.
Decreto 2636 de 1994 →Vigente
Artículo 17
De Conformidad Con Los Artículos 68 Y 79 Del Código Contencioso Administrativo Y 112 De La Ley 6º De 1992, El Ministerio De Minas Y Energía Tiene Jurisdicción Para Hacer Efectivas Las Cuotas Vencidas Y No Pagadas Al Fondo Rotatorio Del Ministerio De Minas Y Energía
Decreto 2636 de 1994 · por el cual se reglamenta el artículo 58 de la Ley 141 de 1994
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.