Modifícase el inciso 4º del artículo 3º de la Ley 526 de 1999 , el cual quedará así:
Artículo 3º. Funciones de la unidad . (...)
La Unidad de que trata este artículo, dentro del ámbito de su competencia, podrá celebrar convenios de cooperación con entidades de similar naturaleza de otros estados e instancias internacionales pertinentes y con las instituciones nacionales públicas o privadas a que hubiere lugar, sin perjuicio de las obligaciones consagradas en la presente ley.