°. Los Comités Regionales de los Departamentos de Antioquia, Bolívar y Sucre y los Comités Locales de los Municipios detallados en el artículo primero del presente decreto elaborarán, con base en los lineamientos generales establecidos por el Comité Técnico Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, un plan de acción específico para el manejo de la situación de desastre declarada en el presente decreto, que será de obligatorio cumplimiento para todas las entidades públicas y privadas que deban contribuir a su ejecución.
Los lineamientos generales para el manejo de las inundaciones en la zona de La Mojana y sur de Bolívar, dados por el Comité Técnico Nacional, señalan diez líneas de acción, a saber
Asistencia Humanitaria a las familias afectadas con alimentación y elementos de dormitorio, aseo y cocina, durante el tiempo que dure la emergencia y un tiempo adicional necesario en el desarrollo del proceso de recuperación.
Administración y manejo de albergues y/o subsidios de arrendamiento temporal, para las familias que evacuaron sus viviendas.
Agua potable y saneamiento básico.
Salud integral, control y vigilancia epidemiológica.
Recuperación de vivienda (Averiada y destruida).
Incentivos del sector agropecuario.
Reactivación económica y social de la zona acordes con las líneas que el Departamento Nacional de Planeación establezca.
Ordenamiento territorial.
Alertas tempranas, y
Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control, etc.) y obras de Prevención y mitigación en la zona.
Como temas transversales en las líneas de acción señaladas anteriormente, se deben tener en cuenta
La Coordinación de las acciones del Sistema por parte de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres con los respectivos Comités Regionales y Locales.
Mantener clara y oportuna información pública del desarrollo del Plan.
Activar las redes de comunicaciones que sean necesarias.
Activar las acciones necesarias de logística.