º. Para todos los efectos legales el domicilio de la Corporación será la ciudad de Barranquilla, Departamento del Atlántico. Con sujeción a la política y a los programas del sector al cual pertenece y a la naturaleza de sus actividades, la Corporación podrá conforme a estos estatutos crear unidades o dependencias seccionales, que podrán coincidir o no con la división general del territorio. Además buscará la integración y coordinación de sus actividades con las de los departamentos y demás entidades descentralizadas territorialmente o por servicios cuando se trate de funciones similares. CAPITULO II ORGANOS DE DIRECCION Y ADMINISTRACION.
Decreto 383 de 1985 →Vigente
Artículo 6
Para Todos Los Efectos Legales El Domicilio De La Corporación Será La Ciudad De Barranquilla, Departamento Del Atlántico
Decreto 383 de 1985 · Por el se aprueban los estatutos de la Corporación Eléctrica de la costa Atlántico (CORELCA).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.