Micelio

Artículo 4

Ley 2 de 1959 · Sobre Economía Forestal de la Nación y Conservación de Recursos Naturales Renovables

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los bosques existentes en la zona que tratan los artículos 1° y 12 de esta Ley deberán someterse a un plano de ordenación forestal, para lo cual el Gobierno ampliará en el

Ministerio de Agricultura el servicio de manejo y protección de las zonas de reserva forestal y bosques nacionales con facultad para programar y ejecutar los planes respectivos, creando los cargos necesarios y señalando las funciones y asignaciones correspondientes, conforme a la clasificación y asignaciones adoptadas por el mismo ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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