Micelio

Artículo 283

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recolección de documentos. Si se tratare de documentos, se agregarán al expediente y, en cuanto fuere posible, se sacará fotocopia de ellos o compulsará copia que se guardará cuidadosamente en el archivo para que, en caso de pérdida de los originales, suplan su falta y obren sus efectos. Si fuere necesaria prueba tecnico-científica sobre ellos, se enviaran los originales al respectivo laboratorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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