Personal paramédico . Para los efectos de su participación en las labores de atención de situaciones de desastre o calamidad, pertenecen al personal paramédico los siguientes profesionales de carácter técnico y auxiliar que apoyan la labor del médico
Enfermeros profesionales con formación universitaria y autorización del Ministerio de Salud para ejercer la correspondiente profesión;
Tecnólogos de enfermería formados en instituciones de educación superior, autorizados por el Ministerio de Salud para ejercer su profesión:
Auxiliares de enfermería capacitados en programas aprobados por los Ministerios de Salud y Educación, autorizados por el Ministerio de Salud para ejercer su ocupación;
Promotores de saneamiento ambiental formados en programas aprobados y reconocidos por el Ministerio de Salud;
Voluntarios calificados y reconocidos por la Defensa Civil Colombiana y por la sociedad nacional de la Cruz Roja.
El personal paramédico intervendrá en las labores de atención de situaciones de desastre y calamidad, bajo la responsabilidad y con la orientación de las personas o entidades públicas o privadas que se indiquen en el Plan Nacional para la Prevención de Desastres y en los planes de acción específicos para la atención de desastres y calamidades.