Comités docencia-servicio . Por cada convenio docencia-servicio se deberá conformar un comité entre el escenario de práctica y la institución educativa, integrado por
El director, gerente o el jefe del área de educación de la institución que sirve de escenario de práctica.
Un representante de la institución educativa.
Un representante de los estudiantes que estén rotando en el escenario de práctica.
El comité docencia-servicio también se deberá constituir cuando exista integración de propiedad entre el escenario de práctica y la institución educativa.