Micelio

Artículo 2.2.4.1.18

Transporte De Explosivos

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transporte de Explosivos. Para la aplicación del artículo 54 del Decreto 2535 de 1993, el transporte de explosivos y sus accesorios deberá sujetarse a los siguientes requisitos.

TERRESTRE, MARÍTIMO Y FLUVIAL.

Autorización de la venta de los explosivos y sus accesorios.

Permiso para transporte de los mismos, expedido por la autoridad militar respectiva.

Factura de pago suministrada por la Industria Militar.

Solicitud escrita a la autoridad militar de la jurisdicción de la escolta respectiva, sin la cual no podrá trasladar el material.

Certificación de la entidad transportadora en la que se responsabilice el transporte y custodia del material, del lugar de origen hasta su destino final.

AÉREO:

Los mismos requisitos mencionados anteriormente y además la autorización previa de la Aeronáutica Civil, en donde en forma expresa se haga claridad de tipo de material que autoriza transportar.

(Decreto 1809 de 1994 artículo 18)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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