Micelio

Artículo 66

Ley 81 de 1960 · Reorgánica del Impuesto sobre la Renta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se trate de fijar el valor de bienes intangibles o goodwill formado por el contribuyente, se tendrán en cuenta las siguientes normas:

a)

se analizarán los cinco (5) años inmediatamente anteriores;

b)

los activos tangibles se establecerán sobre la base de los respectivos balances registros con los ajustes que sean necesarios para excluir de los respectivos cómputos los bienes tangibles no vinculados directamente al negocio o actividad que se analiza, y para incluir sus respectivos valores fiscales los que deben relacionarse en las declaraciones de renta y patrimonio por valores diferentes de los asentados inicialmente en la contabilidad, como bienes raíces valores mobiliarios, semovientes, etc.;

c)

Las utilidades comerciales serán las que resulten de los respectivos estados de utilidades y pérdidas, según la contabilidad, con prescindencia de las que correspondan directamente a los bienes excluidos para el cómputo de activos tangibles o que no se relacionen con las actividades ordinarias del negocio, de acuerdo con lo establecido en el literal anterior;

d)

La tasa de interés normal, que no podrá ser inferior al 12%, se establecerá teniendo en cuenta el mayor o menor riesgo de la inversión que se analiza, el promedio de rendimiento en actividades de la misma naturaleza o similares, la competencia actual o futura, etc. En los casos en que se establezca con fundamento cierto que en la producción de superutilidades han tenido influencias, protecciones especiales del estado, como la aranceleria, o la de régimen de importaciones, exenciones, etc., o factores antisociales, como el de abuso de los precios, los bajos salarios o prestaciones, que se elevara la rata de interés normal en la intensidad que corresponde a la influencia de tales factores;

e)

La tasa de capitalización será la que corresponda al cálculo de persistencia de las superutilidades, y no podrá ser inferior al 20%; valor

f)

Para la fijación de los bienes intangibles o goodwill en cifras aritméticas se aplicarán, por lo menos, tres fórmulas de reconocido valor técnico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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