Micelio

Artículo 40

La Dirección General De Prisiones Y Sus Dependencias, Tendrán Los Empleados Que En Seguida Se Expresan: Dirección

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Dirección General de Prisiones y sus dependencias, tendrán los empleados que en seguida se expresan: Dirección. Un Director General. Una Secretaria Auxiliar Una Mecanotaquigrafa. Una Recepcionista Un Chofer. Subdirección. Un Subdirector. Un Comandante. Dos Supervisores Administrativos. Un Almacenista. Cuatro Oficinistas. Sección Jurídica. Un Abogado Jefe. Tres Auxiliares de Oficina. Un Estadígrafo. Un Oficial de Kárdex. Cuatro Mecanógrafas. Sección de Visitadores. Un Jefe. Cuatro Visitadores de Planta. Dos Mecanógrafas. Diez Visitadores Seccionales distribuidos así: Dos Visitadores para Atlántico, Magdalena, Bolívar y Córdoba. Uno para Antioquia y Chocó Uno para Caldas. Uno para Valle. Uno para Nariño y Cauca. Uno para Tolima, Huila y Caquetá. Uno para Cundinamarca y Meta. Dos para Boyacá, Santander y norte de Santander. Sección de Educación, Instrucción y Culto. Un Jefe. Dos Promotores de Alfabetización. Un Capellán Superior. Dos Mecanotaquigrafas. Sección de Servicios Médicos y Salubridad. Un Médico Jefe. Un Médico Auxiliar. Una Mecanógrafa. Sección de Arquitectura Carcelaria. Un Arquitecto Jefe Seis Arquitectos Auxiliares. Un Ingeniero Calculista. Diez Dibujantes. Dos Tipógrafos. Dos Cadeneros. Una Secretaria. Un Contabilista. Un Mensajero. Sección de Servicio Social Carcelario. Un Jefe. Diez Asistentes Sociales, mujeres. Una Mecanógrafa. Sección de Fomento Industrial y Agropecuario. Un Jefe de Fomento Industrial. Un Agrónomo. Una Mecanógrafa. Sección de Reseña e Identificación. Un Dactiloscopista Jefe. Dos Dactiloscopistas Auxiliares. Una Mecanógrafa.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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