PLIEGO DE CREDITOS ADICIONALES
para el Proyecto de Ley de Presupuesto Nacionales de Rentas y Gastos para el bienio de 1897 y 1898.
Ministerio De Gobierno
Departamento de Política interior
Departamento de Beneficencia y Recompensas.
Departamento de Correos y Telégrafos.
Departamento de Justicia.
Casanare:
Artículo 179. Para útiles de escritorio, arrendamientos de locales y gastos varios en el bienio:
Artículo 179 bis. Para vías de comunicación y otros gastos de Fomento en el bienio:
San Martin:
Artículo 180. Para útiles de escritorio, arrendamiento de locales, y gastos varios en el bienio:
Artículo 180 bis. Para vías de comunicación y otros gastos de Fomento en el bienio:
Ministerio De Relaciones Exteriores.
Departamento de Relaciones Exteriores .
MINISTERIO DE HACIENDA.
Departamento de Hacienda .
Artículo 217. Para útiles de escritorio, alumbrado, agua etc., arrendamiento de locales etc.
Barranquilla:
Cumaral Y Upín.
Departamento de Guerra.
Departamento de Instrucción Pública.
Departamento del Tesoro.
Disposiciones Generales.
Artículo. El Gobierno, en virtud de las autorizaciones que para reorganizar los ramos de Correos y Telégrafos le concede la Ley 86 de 1888 , queda ampliamente facultado para hacer las trasposiciones necesarias en los respectivos Departamentos, Capitulas y Artículos del Presupuesto y leyes que asignan sueldos etc., y para introducir las variaciones y modificaciones que crea convenientes en las diversas partidas votadas para el personal y material de dichos ramos.
Artículo. El Gobierno considerara incluida en este Presupuesto la partida necesaria para dar cumplimiento á la Ley que aprueba un contrato y da autorización es al Gobierno sobre contrato de sales.