Artículo sexto Mientras el Gobierno construye los edificios apropiados para salas-cunas, jardines infantiles y preventorios, de que trata el artículo 3o. de este decreto, seguirán utilizando los actuales asilos de Nazaret, Santa Elena, Guadalupe y San Bernardo, haciéndoles las adaptaciones necesarias para que los niños esten separados en las secciones correspondientes al jardín infantil y al preventorio.
Decreto 2040 de 1943 →Vigente
Artículo 6
O
Decreto 2040 de 1943 · Por el cual se reglamenta la protección a los niños sanos hijos de leprosos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.