Micelio

Artículo 1

Modifícanse Los Artículos 3° Y 14 Del Decreto 2599 De 1951, En El Sentido De Que La Adjudicación De Turnos Para Cargar En Todos Los Puertos Del Río Magdalena, Se Hará Sobre La Unidad Remolcadora Y Su Convoy, Y No Sobre Los Convoyes

Decreto 1422 de 1956 · Por el cual se modifica un Decreto sobre turnos. (Ramo de Navegación y Puertos)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Modifícanse los artículos 3° y 14 del Decreto 2599 de 1951, en el sentido de que la adjudicación de turnos para cargar en todos los Puertos del río Magdalena, se hará sobre la unidad remolcadora y su convoy, y no sobre los convoyes. Una vez inscrita la unidad remolcadora y su convoy, la empresa propietaria no podrá efectuar cambios sino en el caso de fuerza mayor, cuya estimación quedara a juicio del Intendente Fluvial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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