Micelio

Artículo 14

La Tesorería No Podrá

Decreto 3336 de 1979 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Decreto número 003 del 6 de diciembre de 1979, originario del Consejo Intendencial del Caquetá, relativo a la determinación del Presupuesto de Renta y Gastos para la vigencia fiscal de 1980

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Tesorería no podrá .hacer, ningún pago por concepto de adquisición de bienes; o servicios, sin antes Haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el funcionario ordenador de .gastes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3336 de 1979