Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Colegio Mayor de Cultura Femenina de Cundinamarca, distribuyese así la partida apropiada en el Capítulo 91, artículo 1014 del Presupuesto Nacional vigente.
Servicios de energía, agua aseo, teléfono, materiales de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, dotación, jornales, imprevistos y demás gastos del Colegio.