° . Operación del aseguramiento por territorios para la gestión en salud . El Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con la Secretaría de Salud Departamental, las Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas, incluyendo al pueblo Wayú; afrodescendientes y Rrom, que habitan en el departamento y demás actores del Sistema de Salud, adaptará la operación del aseguramiento por territorios para la gestión en salud, que permita la implementación del modelo de salud propio e intercultural. Esta adaptación incluirá las condiciones de habilitación y permanencia, de las Empresas Promotoras de Salud o quien haga sus veces y la reorientación de su rol en el departamento de la Guajira, según reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.
En los territorios indígenas, afrodescendiente y Rrom en el marco de los mecanismos de concertación previstos en el presente decreto, se establecerá el proceso de transformación de las Empresas Promotoras de Salud.
El Ministerio de Salud y Protección Social teniendo en cuenta condiciones adicionales de dispersión poblacional y diferenciales, podrá incrementar el valor de la UPC en municipios del departamento de La Guajira, en función de la implementación del modelo de salud propio e intercultural.