La Junta Central pro barco-escuela Bogotá queda facultada para gestionar la formación de juntas en todas las ciudades y poblaciones del país, con el objeto de que le hagan propaganda al patriótico fin que se persigue y propendan por todos los medios a su alcance, a conseguir la mayor cantidad de donativos destinados para la compra del barco-escuela.
Ley 4 de 1939 →Vigente
Artículo 3
Ley 4 de 1939 · por la cual se da una autorización al Gobierno y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.