Micelio

Artículo 3

Ley 4 de 1939 · por la cual se da una autorización al Gobierno y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Central pro barco-escuela Bogotá queda facultada para gestionar la formación de juntas en todas las ciudades y poblaciones del país, con el objeto de que le hagan propaganda al patriótico fin que se persigue y propendan por todos los medios a su alcance, a conseguir la mayor cantidad de donativos destinados para la compra del barco-escuela.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 4 de 1939